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La Justicia condena al exalcalde y a la exsecretaria de Monte Azul Paulista por desvío de fondos para un rodeo

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El Tribunal de Justicia de São Paulo (TJSP) ha condenado al exalcalde de Monte Azul Paulista Marcelo Otaviano dos Santos y a la exsecretaria de Turismo Ana Maria Fonzar Plaza por improbidad administrativa, en relación con el uso de dinero público para financiar un evento privado. La sentencia ordena que se devuelvan a la Administración municipal 83.000 reales, unos 13.387 euros.

La cifra en euros es una conversión orientativa calculada a razón de 1 euro = 6,20 reales. La resolución también condena a la empresa Carmo Eventos a reintegrar el dinero, al considerar que se benefició de la operación. Además, le prohíbe durante cinco años contratar con la Administración o recibir beneficios e incentivos fiscales o de crédito. La restricción se extiende a otras empresas en las que el titular de Carmo Eventos sea socio mayoritario.

El exalcalde y la exsecretaria han recibido asimismo una pena de inelegibilidad de cuatro años. Marcelo Otaviano dos Santos, Ana Maria Fonzar Plaza y la empresa fueron contactados para conocer su postura, pero no habían respondido hasta el momento de la publicación. El medio indicó que el espacio sigue abierto para sus respuestas.

La decisión se dictó el 23 de octubre en primera instancia y todavía puede ser recurrida. Por tanto, no es una resolución firme mientras exista la posibilidad de presentar un recurso. El caso se refiere a gastos realizados en 2019 y a la financiación de actividades asociadas a dos celebraciones que tuvieron lugar durante el mismo fin de semana en Monte Azul Paulista, municipio del interior del estado de São Paulo.

Según el Ministerio Público de São Paulo (MPSP), el exalcalde y la exsecretaria destinaron fondos públicos a la celebración del 123.º aniversario de la localidad, que tuvo lugar el 27 de junio de 2019. Sin embargo, de acuerdo con la acusación recogida en el caso, el dinero terminó pagando íntegramente la infraestructura del 2.º Taurus Rodeo Fest, un evento privado celebrado ese mismo fin de semana.

Los pagos señalados fueron cinco. El 28 de junio de 2019 se abonaron 43.650 reales, equivalentes a unos 7.040 euros, para financiar la actuación de un cantante de música sertaneja. Ese mismo día se destinaron 14.750 reales, unos 2.379 euros, al alquiler de una estructura de escenario destinada a construir camerinos, y otros 14.250 reales, aproximadamente 2.298 euros, al alquiler de equipos de sonido, iluminación y un generador.

Más adelante, el 10 de julio de 2019, se pagaron 5.782 reales, unos 933 euros, por equipos de sonido, iluminación y un generador. En esa misma fecha se abonaron 4.600 reales, cerca de 742 euros, por el alquiler de 36 baños químicos. La suma de las cinco partidas detalladas asciende a 83.032 reales, unos 13.392 euros con el mismo tipo de conversión; la cantidad global fijada en la información sobre la condena se presenta redondeada en 83.000 reales.

La expresión «improbidad administrativa» se refiere en este caso a la conducta atribuida a los responsables públicos por el destino dado a fondos municipales. La sentencia establece el reintegro del dinero y las demás sanciones mencionadas, aunque su contenido aún puede ser revisado si se presenta un recurso ante la instancia correspondiente.

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