El pasado 8 de octubre, la Justicia de São Paulo condenó al empresario Lírio Parisotto, excompañero de la modelo Luiza Brunet, a pagar una indemnización de 150.000 reales brasileños (aprox. 25.000 €) por los daños morales causados a la artista. La decisión, firmada por la 36ª Vara Cível del Foro Central de São Paulo, se refiere específicamente a la reparación por la violencia sufrida por Brunet en mayo de 2016 durante un viaje a Nueva York, Estados Unidos.
En aquel incidente, la modelo sufrió la fractura de cuatro costillas y presentó múltiples hematomas en el rostro y en otras partes del cuerpo. El caso había sido también objeto de proceso penal, y la condena de Parisotto se volvió definitiva en febrero de 2021. No obstante, la reciente sentencia civil se centra exclusivamente en el resarcimiento económico por el daño moral, dejando fuera las pretensiones por pérdidas materiales o lucro cesante.
Inicialmente, Luiza Brunet había reclamado una indemnización de 1.000.000 de reales brasileños (unos 167.000 €). En su demanda, la modelo alegó que la agresión no solo le ocasionó sufrimiento físico y psicológico, sino que también perjudicó de forma directa su carrera profesional y su imagen pública. Sin embargo, el juzgado rechazó los pedidos de cuantías adicionales por falta de pruebas suficientes que vincularan la violencia con posibles ingresos dejados de percibir o gastos extraordinarios derivados del incidente.
Durante el proceso, la defensa de Parisotto impugnó la responsabilidad por los supuestos perjuicios económicos, a la vez que argumentó que la visibilidad pública de Brunet por su labor en la prevención y denuncia de la violencia contra la mujer no podía limitar su derecho a la reparación. El tribunal rechazó esa alegación y, con base en el Código Civil brasileño, reconoció la necesidad de indemnizar el daño moral. La sentencia establece que los 150.000 reales deberán actualizarse con intereses desde la fecha de la agresión y recibir la correspondiente corrección monetaria según índices oficiales.
Contexto legal
En Brasil, el concepto de “daño moral” contempla el perjuicio psíquico y el sufrimiento subjetivo que una persona experimenta a raíz de un acto ilícito. A diferencia del daño material, que se traduce en pérdidas económicas cuantificables, el daño moral exige una valoración judicial basada en criterios de proporcionalidad, gravedad del hecho y condición de la víctima. La jurisprudencia brasileña ha mantenido una línea relativamente firme en casos de violencia doméstica, reforzando la idea de que la reparación económica contribuye tanto a la compensación de la víctima como a la función preventiva de la pena civil.
Trayectoria de Luiza Brunet
Modelo de renombre internacional desde los años 80, Luiza Brunet transformó esta experiencia traumática en un impulso para su activismo. Tras el episodio de 2016, se convirtió en una de las voces más prominentes en la lucha contra la violencia de género en Brasil. Ha participado en seminarios, campañas de sensibilización y ha colaborado con organizaciones no gubernamentales dedicadas al apoyo de mujeres víctimas de agresión.
Procedimiento de ejecución
Aunque la sentencia ya fue dictada, Parísotto aún puede presentar recurso ante instancias superiores. De no mediar apelación o de ser esta rechazada, se iniciará la fase de ejecución, en la que podrá solicitarse el embargo de bienes o cuentas bancarias del condenado. El monto final incluirá los juros legais—intereses legales—y la actualización monetaria correspondiente, garantizando que la compensación se mantenga ajustada a la realidad financiera hasta su pago efectivo.
Esta decisión judicial subraya la relevancia del sistema civil para atender las consecuencias de la violencia contra la mujer, complementando las sanciones penales y reforzando la protección de las víctimas mediante la vía del resarcimiento económico.


