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STM permite que Almir Garnier presente defensa escrita en proceso de indignidad

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El Superior Tribunal Militar (STM) ha decidido que el almirante de escuadra de la reserva Almir Garnier Santos puede presentar una defensa escrita, incluyendo declaraciones testificales, sin necesidad de sustentación oral en el proceso de indignidad que enfrenta en la Corte tras ser condenado por su participación en una tentativa de golpe de Estado. El excomandante de la Marina durante el mandato de Jair Bolsonaro (PL) fue sentenciado a 24 años de prisión, conforme a la condena impuesta en la Ação Penal nº 2.668/DF por el Supremo Tribunal Federal (STF).

La defensa de Almir Garnier apeló la decisión de la ministra Verônica Abdalla Sterman, relatora del caso, que inicialmente había considerado improcedente el pedido de producción de pruebas y la práctica de diligencias documentales en el proceso de Declaração de Indignidade/Incompatibilidade para con el oficialato. Según la ministra, en primera instancia no cabía la ampliación probatoria porque no se trataba de recurso ni de revisión criminal, fases en las que la presentación de nuevas pruebas suele estar permitida.

Sin embargo, en la sesión plenaria del pasado miércoles, 24 de junio, la propia ministra relatora señaló que la reglamentación interna del STM admite la incorporación de declaraciones por escrito dentro de los autos procesales. A partir de esa posición, Sterman reconsideró parcialmente su pronunciamiento y sometió a votación las peticiones de la defensa sobre la admisión y los límites de la producción probatoria solicitada.

El tribunal acordó, por mayoría y de conformidad con el voto de la relatora, lo siguiente:
• Mantener el indeferimiento de la producción de pruebas para la convocatoria de testigos en audiencia oral, dado que el rito regimental del STM no prevé una fase instructoria oral en este tipo de procedimientos.
• Autorizar a la defensa para adjuntar a los autos las declaraciones de testigos de carácter abonatorio por escrito, sin necesidad de citación presencial.
• Aceptar los pedidos de indicación de pruebas preconstituídas y ordenar la expedición de oficio al STF para evaluar la posibilidad de compartir archivos de audio y vídeo de las audiencias y las eventuales transcripciones de los testimonios de Marcos Sampaio Olsen y José Aldo Rebelo Figueiredo, obtenidos en la Ação Penal nº 2.668/DF, como prueba prestada.
• Permitir que el Comando de la Marina remita al STM todos los registros funcionales, elogios individuales y evaluaciones de desempeño del almirante Garnier, especialmente en los apartados relativos a su conducta moral, desempeño profesional y potencial de desarrollo.

Durante la deliberación, el ministro teniente-brigadeiro del aire Francisco Joseli Parente Camelo subrayó que “la indicación de prueba se produce en revisión criminal, pero este no es el caso; aquí se examina la indignidad para el oficialato”. A continuación, los integrantes del tribunal discutieron los alcances e implicaciones de la medida, ratificando finalmente el criterio de la relatora.

Seguidamente, el STM inició el análisis del recurso presentado por la defensa de Jair Bolsonaro para impugnar la decisión que rechazó el pedido de sospeición del brigadier del aire Francisco Joseli Parente Camelo. Este militar forma parte del pluripersonal tribunal encargado de decidir si el expresidente es declarado indigno para la carrera militar, lo que implicaría la pérdida de su rango de capitán reformado.

Los abogados de Bolsonaro argumentan que el brigadier Camelo no actuó con la debida imparcialidad, pues se habría pronunciado públicamente sobre el proceso penal principal en el STF, relacionado con la tentativa de golpe de Estado del 8 de enero. La presidenta del STM, ministra Maria Elizabeth Rocha, desestimó la solicitud de sospeición, al considerar que los hechos alegados no encajan en las hipótesis legales de recusación. Ante esa negativa, la defensa presentó un agravio que ahora será sometido al pleno de la Corte Militar.

En caso de que Jair Bolsonaro sea finalmente declarado indigno o incompatible con el oficialato, perderá el derecho a percibir directamente sus haberes como exoficial. Su sueldo se convertiría en pensión, que podría destinarse a su esposa o a sus hijos. La causa contra Bolsonaro se enmarca, además, en el llamado “núcleo 1” de implicados en la tentativa de subversión de la Constitución.

Cabe recordar que en 2025 la Primera Turma del STF condenó a Bolsonaro a 27 años y 3 meses de prisión por liderar los eventos que derivaron en la intentona golpista. Una vez firme esa condena y sin posibilidad de nuevos recursos, el tribunal ordenó el arresto de los implicados y remitió al STM la cuestión de la inhabilitación militar. El STM, en su competencia, no revisa las sentencias del STF, sino que solo determina si los oficiales condenados son indignos o incompatibles con el oficialato.

Actualmente, el exmandatario cumple prisión domiciliaria de carácter humanitario por disposición del ministro Alexandre de Moraes. El beneficio de 90 días concedido por Moraes vence mañana, jueves 25 de junio, momento en que se evaluará si prosigue la medida o se modifica su régimen de detención.

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