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Perú clasifica oficialmente a personas transgénero como “enfermedades mentales”

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El gobierno de Perú ha introducido un decreto que clasifica la transexualidad, el travestismo y otras identidades de género dentro de las “enfermedades mentales” en el plan nacional de seguro de salud. La medida, aplicada tanto al sistema público como al privado, incorpora terminología considerada obsoleta de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE) de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Según el texto oficial, la actualización normativa responde a la necesidad de garantizar la cobertura de servicios de salud mental a todos los usuarios del sistema. Hasta ahora, el seguro nacional tenía lagunas en la financiación de terapias y acompañamiento psicológico para personas trans, por lo que las autoridades peruanas justifican la inclusión de estos términos como un mecanismo para ampliar el acceso a consultas, tratamientos psiquiátricos y fármacos.

La CIE, elaborada por la OMS, es un catálogo de códigos que sirve para clasificar enfermedades, trastornos y situaciones de salud. En su versión 10 (CIE-10), vigentes en muchos países hasta hace pocos años, existían apartados que referían la “incongruencia de género” como trastorno. Sin embargo, la OMS lanzó la CIE-11 en 2018, eliminando la transexualidad de la sección de enfermedades mentales y reclasificándola en un capítulo destinado a “condiciones relativas a la salud sexual”. Esta modificación buscó reducir el estigma y adaptarse a investigaciones científicas contemporáneas.

En Perú, la aplicación de una versión desactualizada de la CIE ha levantado polémica. Organizaciones de la comunidad LGTBI y entidades de derechos humanos han manifestado su rechazo inmediato. Denuncian que la norma patologiza la diversidad de género, refuerza estigmas históricos y contraviene protocolos internacionales. Varias asociaciones han señalado que el decreto no solo criminaliza simbólicamente a las personas trans, sino que también puede derivar en negación de prestaciones y obstaculizar intervenciones médicas y psicológicas adecuadas.

Críticos de la medida recuerdan que directrices recientes de organismos internacionales, incluido el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y resoluciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, reconocen la identidad de género como un derecho protegido, instando a los estados a eliminar barreras sanitarias y legales. Además, estudios en países que han aplicado los cambios de la CIE-11 muestran que la reclasificación disminuye la discriminación en servicios de salud y mejora los indicadores de bienestar psicológico.

El sistema sanitario peruano, caracterizado por una coexistencia de cobertura pública y seguros privados, enfrenta desafíos para armonizar sus protocolos con estándares globales. Históricamente, la población trans en la región ha sufrido exclusión médica, bloqueos en tratamientos hormonales y falta de formación especializada de los profesionales. En muchos países de América Latina se han promovido políticas de inclusión y formación continua, mientras que Perú retrocede al emplear categorías que organizaciones médicas internacionales ya superaron.

El decreto aún no ha detallado un cronograma de implementación ni mecanismos de capacitación para el personal sanitario. La controversia mantiene en vilo a defensores de derechos humanos, asociaciones médicas y al propio gobierno, que deberá valorar ajustes técnicos y legales para no quedar aislado de las recomendaciones de la OMS y de la tendencia global de despatologización de la diversidad de género.

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