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Brasil amplía la aceptación de tarjetas de comida mediante la interoperabilidad entre redes

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Desde el sábado 7 de noviembre, las tarjetas de comida y alimentación pueden utilizarse en más terminales de pago de Brasil. La nueva norma pone fin a la exigencia de que cada operador disponga de una red exclusiva y amplía los establecimientos en los que los trabajadores pueden emplear estos beneficios. El cambio afecta a las tarjetas de Alelo, Ticket, VR, Pluxee, Flash y Swile, y forma parte de la modernización del Programa de Alimentación del Trabajador (PAT), prevista en un decreto firmado por el presidente Luiz Inácio Lula da Silva en noviembre de 2025.

La Asociación Brasileña de Empresas de Beneficios para los Trabajadores (ABBT) calcula que la reforma llegará a más de 700.000 establecimientos. En su aplicación participan también el Ministerio de Trabajo y Empleo, la Asociación Brasileña de Bares y Restaurantes (Abrasel) y la Inspección de Trabajo.

En la práctica, los restaurantes y otros comercios habilitados para aceptar vales de comida podrán recibir tarjetas de distintos operadores sin tener que mantener contratos y terminales separados para cada uno. La interoperabilidad pretende ampliar la libertad de elección de los trabajadores, fomentar la competencia y reducir los costes para los comerciantes. Aunque la norma ya está en vigor, la aceptación se extenderá progresivamente, a medida que los operadores y las empresas responsables de los terminales completen los ajustes tecnológicos necesarios para conectar sus sistemas.

Durante este periodo de adaptación, una compra todavía podría ser rechazada aunque el comercio esté habilitado para aceptar vales de comida o de alimentación. En ese caso, el trabajador puede preguntar al establecimiento si admite esa modalidad y consultar al operador de su tarjeta para comprobar la disponibilidad de la red. El Gobierno no ha anunciado un nuevo plazo general para completar las integraciones. El Ministerio de Trabajo y Empleo mantiene el 7 de noviembre como fecha de inicio de la interoperabilidad, de acuerdo con lo establecido en el decreto.

Los trabajadores no tienen que solicitar una tarjeta nueva, registrarse ni instalar aplicaciones. El cambio se aplicará automáticamente conforme los operadores vayan completando la integración. El saldo que ya tengan seguirá disponible y no cambiará la cantidad mensual que abonan las empresas. La norma puede ampliar las opciones de restaurantes y supermercados, pero no obliga a todos los establecimientos a aceptar estos beneficios: solo se aplica a los locales habilitados para recibirlos.

Tampoco cambia el uso previsto para cada modalidad. El vale de comida está destinado a pagar comidas preparadas, mientras que el vale de alimentación debe utilizarse para comprar alimentos. Por tanto, la ampliación de los comercios en los que se aceptan las tarjetas no modifica el propósito de los fondos.

La reforma establece además nuevas condiciones para los comerciantes, entre ellos restaurantes, supermercados y panaderías. En las operaciones incluidas en el PAT, las comisiones máximas que pueden cobrar los operadores serán del 3,6%, mientras que la tasa de intercambio tendrá un límite del 2%. El plazo máximo para que los comerciantes reciban el importe de las ventas será de 15 días naturales. Las reglas también eliminan la exclusividad de las redes de aceptación y exigen la integración entre distintas marcas, medidas que podrían facilitar la incorporación de nuevos establecimientos al sistema.

Antes de la reforma, los comerciantes señalaban que las comisiones eran elevadas y que los plazos de pago podían superar los 30 días. La reducción de costes podría animar a más locales a aceptar las tarjetas y ofrecer alternativas adicionales a los consumidores. Sin embargo, la aplicación de los cambios ha encontrado resistencia entre algunas empresas del sector de beneficios, que han impugnado partes del decreto ante la Justicia y han alegado dificultades técnicas para conectar los sistemas. La Abrasel también ha advertido de que la infraestructura tecnológica aún no está plenamente preparada.

El Ministerio de Trabajo y Empleo mantiene la entrada en vigor de la interoperabilidad el 7 de noviembre e indica que los operadores deben cumplir los requisitos del decreto. La supervisión corresponde a la Inspección de Trabajo. Las empresas que incumplan las normas pueden recibir multas de entre 5.000 y 50.000 reales, equivalentes aproximadamente a entre 800 y 8.000 euros, según un cambio orientativo. Las sanciones pueden duplicarse en caso de reincidencia, además de las demás medidas previstas en la regulación.

Otra fecha relacionada con el PAT es el lunes 9 de noviembre, último día para que las empresas y los profesionales vinculados al programa completen la reinscripción obligatoria en el nuevo sistema del Ministerio de Trabajo y Empleo.

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