El miércoles 4 de junio, el Tribunal del Jurado de Río de Janeiro condenó al exconsejal Jairinho a 43 años, 9 meses y 20 días de prisión por la muerte del niño de 4 años. Por su parte, Monique fue acusada de omisión frente a las torturas sufridas por su hijo y recibió una pena de un año y cuatro meses de detención, considerada ya cumplida.
En relación con la acusación de homicidio, los jurados concluyeron que Monique no actuó con la intención de matar ni asumió el riesgo de provocar la muerte de la criatura. Por ello, el delito fue reclasificado como homicidio culposo, una figura jurídica que implica que no existió intención deliberada de causar el fallecimiento.
Con base en esta decisión del jurado, la jueza Elizabeth Machado Louro aplicó el llamado perdón judicial. Esta medida, prevista en la legislación brasileña —contemplada en el artículo 107 del Código Penal de Brasil—, permite al magistrado reconocer que las consecuencias derivadas del delito ya afectaron suficientemente al acusado, haciendo innecesaria la imposición de una pena efectiva.
El sistema de Tribunal del Jurado en Brasil está reservado para delitos graves, como homicidio. Está integrado por 25 jurados civiles que responden a cinco preguntas formuladas por el juez de la causa, lo que determina la calificación del hecho y la eventual imposición de penas. A diferencia de otros sistemas judiciales, en Brasil esta institución busca la participación popular directa en la administración de justicia penal.
A pesar de la aplicación del perdón judicial, el caso aún puede extenderse en las instancias superiores. Tanto el Ministerio Público como la acusación particular, representada por la defensa de Leniel Borel —padre de Henry—, tienen el derecho de presentar recursos de apelación. Estos deberán ser evaluados por el Tribunal de Justicia del Estado de Río de Janeiro, que podrá confirmar, modificar o revocar la sentencia.
Los recursos de apelación pueden cuestionar tanto el veredicto del jurado como la aplicación del perdón judicial por parte de la magistrada. No obstante, cambios sustanciales en la sentencia dependen de la revisión de la decisión original y del análisis de si se respetaron las garantías procesales y la correcta aplicación de la ley.
Durante el juicio, Monique ofreció su testimonio y declaró por primera vez que creía que Jairinho fue el responsable de las agresiones que terminaron con la vida de Henry. La parte acusadora, en cambio, argumentó que ella no sólo conocía las señales de violencia, sino que también tenía la obligación legal y moral de impedirlas.
Henry falleció el 8 de marzo de 2021. El informe del Instituto Médico Legal (IML) determinó que la causa directa de la muerte fue una hemorragia interna y laceración hepática producidas por un traumatismo contundente. Además, los peritos registraron 23 lesiones en su cuerpo y concluyeron que todas eran compatibles con violencia física, descartando la hipótesis de accidente doméstico.
Tras el juicio, se abren plazos procesales para la presentación de réplicas y contrarréplicas, y la defensa y la acusación pueden aportar nuevos fundamentos jurídicos. En caso de apelar, el proceso continuará en la segunda instancia, donde se evaluará la legalidad del perdón judicial y la correcta aplicación de las normas penales.
En última instancia, la resolución definitiva de este caso dependerá de la interpretación de las instancias superiores sobre la gravedad de los hechos y la proporcionalidad de la respuesta penal frente a las circunstancias específicas que rodearon la muerte de Henry Borel.


