La iraní Ameneh Bahrami obtuvo en la Justicia de Irán el derecho de aplicar al agresor, Majid Movahedi, la misma pena que ella padeció tras un ataque con ácido ocurrido en 2004, cuando su rostro quedó desfigurado y perdió la visión. La decisión fue autorizada por un tribunal de Teherán con base en la normativa local inspirada en la ley islámica, que contempla el principio de “qisas” o retribución equivalente al daño infligido.
El caso alcanzó repercusión internacional por tratarse de una de las pocas ocasiones en que la conocida como “pena de retribución” permitiría que la víctima ejecutase directamente la sanción. Según informaciones publicadas por el diario The Guardian en aquel momento, Movahedi sería sedado en un hospital habilitado por el sistema judicial iraní mientras se llevara a cabo la medida de cegarle con gotas de ácido, para evitarle sufrimiento consciente.
Durante el juicio, Ameneh relató con detalles el momento del ataque: “Él tenía en la mano un recipiente con un líquido rojizo. Me miró a los ojos durante un segundo y arrojó el ácido contra mi rostro”, declaró la víctima. El relato describió cómo el corrosivo le quemó la piel y los tejidos oculares, provocándole cicatrices permanentes y la pérdida completa de la capacidad visual.
El ataque se produjo después de que la víctima rechazara una petición de matrimonio formulada por el agresor. En virtud del Código Penal iraní y de la interpretación local de la ley islámica, la retribución debe ser equivalente al daño causado, aplicando el principio de ojo por ojo. En 2008, el tribunal confirmó la ejecución de la pena de retribución tras la confesión de Movahedi, y al mismo tiempo ordenó el pago de una indemnización económica —rechazada por Ameneh— como compensación por los daños morales y materiales sufridos.
El abogado de la víctima, Ali Safari, defendió la resolución judicial: “Se ha elegido un método apropiado; por eso el condenado quedará ciego solo por algunas gotas de ácido, mientras permanece inconsciente”, explicó Safari. Desde su defensa, se consideró que la medida serviría también como disuasión para futuros ataques similares en un país que ha registrado numerosos casos de violencia con sustancias corrosivas, sobre todo contra mujeres.
La sentencia generó reacciones encontradas. Autoridades iraníes sostuvieron que la medida podría desalentar los ataques con ácido y reforzar la idea de justicia y proporcionalidad. Sin embargo, varias organizaciones internacionales de derechos humanos criticaron la decisión calificándola de inhumana y contraria a convenciones sobre tortura y trato cruel, argumentando que la ejecución de una sanción tan violenta vulnera derechos básicos de cualquier persona, incluso de un agresor confesado.
En un contexto más amplio, los ataques con ácido constituyen un grave problema en varias regiones de Asia y Oriente Medio, donde a menudo se emplean como medio de venganza o de violencia de género. Diversos organismos han reclamado reformar la legislación para castigar estos delitos con penas de prisión estrictas, en lugar de recurrir a aplicarse el mismo sufrimiento infligido a la víctima.
El principio de qisas, previsto en ciertos sistemas de derecho basados en la ley islámica, autoriza este tipo de retribuciones. No obstante, su aplicación práctica se ve limitada por reglamentos que introducen condiciones, como el sedamiento del condenado, y por presiones internacionales que defienden mecanismos de reparación distintos a la retaliación física directa.
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